AMPARO EN REVISIÓN 378/2014
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Una vez precisado el contenido y alcance del
derecho humano al disfrute más alto posible a la salud,
en su vertiente de tratamiento de las enfermedades y
creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y
servicios médicos en caso de enfermedad, resulta oportuno tener en
cuenta las cuestiones fácticas del presente asunto, en aras de
dilucidar las razones por las que esta Segunda Sala considera que en
la
especie
las
autoridades
responsables
han
incumplido,
injustificadamente, con las obligaciones que derivan del referido
derecho fundamental.
En consecuencia, se establecerá el marco general del VIH/SIDA,
y posteriormente, se ponderará la aplicabilidad al caso concreto de los
principios generales del derecho a la salud antes precisados.
II.
Marco
general
del
Virus
de
Inmunodeficiencia
Humana/SIDA. Acorde a la Organización Mundial de la Salud, el
VIH/SIDA constituye un problema de salud pública mundial, después
de haber cobrado más de 36 millones de vidas hasta ahora.4
En 2012 había unos 35,3 millones de personas infectadas por el
VIH –las cifras oscilan entre 32,2 y 38,8 millones–. La infección por el VIH se
suele diagnosticar mediante análisis de sangre en los que se detecta
la presencia o ausencia de anticuerpos contra el virus y, aunque no
existe una cura para la infección, los pacientes pueden mantener
controlado el virus y llevar una vida sana y productiva si siguen un
tratamiento eficaz con fármacos antirretrovíricos.
El virus de la inmunodeficiencia humana –VIH– ataca el sistema
inmunitario y "debilita los sistemas de vigilancia y defensa contra las
infecciones" y algunos tipos de cáncer. A medida que el virus destruye
La información y datos que se proporcionan acerca del VIH/SIDA pueden ser consultados en la página de la
OMS, http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs360/es/
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