-//- pedido para hacer uso sexual o cebar mate. La pelea para no perder los derechos cuando uno ingresa a un pabellón es a las trompadas y determinan si gana o pierde sus derechos" (fs. 607). Explica que mediante el pago de 30.000 australes se permitía a los internos "tener relaciones sexuales con la esposa o concubina" en una sala de la escuela contigua a la iglesia y agrega: "también se puede comprar lo necesario para obtener una conmutación, es decir se negocia la celeridad en obtener testimonio de sentencia y cómputo" y concluye: "ahí adentro todo es negociable" (fs. 608). A esta declaración deben agregarse las denuncias de los propios agentes del servicio penitenciario, Bastitesa y Juárez, ya mencionadas, las de Sandra Elizabeth Espósito y Donceko a fs. 806/808 y 911 de la causa penal, y las prestadas en este juicio por familiares y amigos. No obstante, existen otras evidencias de las que es imposible prescindir. A fs. 846, Blanca Avalos acompaña una carta que le había sido enviada por su hermano Ernesto Ezequiel Avalos, quien falleció en el siniestro, y que obra a fs. 847. En ella le pide con urgencia el envío de "una zapatilla N° 42, Addida o Toper es para un oficial que yo tuve un problema con él, si yo no le doy para el vierne me tengo que comer una larga; una larga se le dice a un castigo de 6 meses en busón; y si yo voy a busón no puedo recibir visita, pierdo mi trabajo, pierdo mi conducta y además me maltrata cuando ello quiere" (sic). A fs. 943 Blanca Ester Avalos ratifica en su declaración el contenido de la carta y agrega precisiones sobre las irregularidades en el sistema -//-

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