-//- pedido para hacer uso sexual o cebar mate. La pelea para
no perder los derechos cuando uno ingresa a un pabellón es a
las trompadas y determinan si gana o pierde sus derechos"
(fs. 607). Explica que mediante el pago de 30.000 australes
se permitía a los internos "tener relaciones sexuales con la
esposa o concubina" en una sala de la escuela contigua a la
iglesia y agrega: "también se puede comprar lo necesario para
obtener una conmutación, es decir se negocia la celeridad en
obtener testimonio de sentencia y cómputo" y concluye: "ahí
adentro todo es negociable" (fs. 608).
A esta declaración deben agregarse las denuncias de
los propios agentes del servicio penitenciario, Bastitesa y
Juárez, ya mencionadas, las de Sandra Elizabeth Espósito y
Donceko a fs. 806/808 y 911 de la causa penal, y las prestadas en este juicio por familiares y amigos.
No obstante, existen otras evidencias de las que es
imposible prescindir. A fs. 846, Blanca Avalos acompaña una
carta que le había sido enviada por su hermano Ernesto
Ezequiel Avalos, quien falleció en el siniestro, y que obra a
fs. 847. En ella le pide con urgencia el envío de "una
zapatilla N° 42, Addida o Toper es para un oficial que yo
tuve un problema con él, si yo no le doy para el vierne me
tengo que comer una larga; una larga se le dice a un castigo
de 6 meses en busón; y si yo voy a busón no puedo recibir
visita, pierdo mi trabajo, pierdo mi conducta y además me
maltrata cuando ello quiere" (sic). A fs. 943 Blanca Ester
Avalos ratifica en su declaración el contenido de la carta y
agrega precisiones sobre las irregularidades en el sistema
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