B. 142. XXIII. 5 ORIGINARIO Badín, Rubén y otros c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios. -//- Cavagna Martínez, entonces presidente de esa Corte, puso en conocimiento de esos antecedentes a la Subsecretaría de Justicia, organismo que el 3 de mayo -a escasos dos días del siniestro- dio vista al Servicio Penitenciario (fs. 438 vta.), en cuyo ámbito se conocía ese estado de cosas (fs. 429/431). Por su parte, el 2 de mayo la Suprema Corte requirió informes sobre el particular (fs. 432), los que fueron contestados el día 3 en los términos de que da cuenta la constancia de fs. 433/434. Que las deficiencias del servicio son puestas de relieve en el informe del Cuerpo de Bomberos de la policía provincial, donde se destaca la combustibilidad de los colchones de poliuretano usados y la precariedad de la instalación eléctrica (fs. 560), y son ratificadas en la pieza de fs. 845 y por el peritaje de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, que reitera la peligrosidad de aquellos elementos y del uso de calentadores. Se refiere a las características del sistema contra incendios que -como muestra la fotografía de fs. 896- no presenta en algunos de sus elementos la lanza respectiva y la llave de paso principal. Por otro lado y con relación a los informes técnicos solicitados, resulta ilustrativo el del experto en seguridad, Marcelo Eduardo Lustau (fs. 827/829), quien señala la inexistencia de salidas de emergencia, el estado de conservación deficiente con ventanales cuyos vidrios están rotos o faltan, la carga combustible de los elementos en el lugar, etc. Puntualiza la imposibilidad de apagar el incendio por falta -//-

Select target paragraph3