B. 142. XXIII.
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ORIGINARIO
Badín, Rubén y otros c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios.
-//- Cavagna Martínez, entonces presidente de esa Corte,
puso en conocimiento de esos antecedentes a la
Subsecretaría de Justicia, organismo que el 3 de mayo -a
escasos dos días del siniestro- dio vista al Servicio
Penitenciario (fs. 438 vta.), en cuyo ámbito se conocía ese
estado de cosas (fs. 429/431). Por su parte, el 2 de mayo
la Suprema Corte requirió informes sobre el particular (fs.
432), los que fueron contestados el día 3 en los términos
de que da cuenta la constancia de fs. 433/434.
Que las deficiencias del servicio son puestas de
relieve en el informe del Cuerpo de Bomberos de la policía
provincial, donde se destaca la combustibilidad de los colchones de poliuretano usados y la precariedad de la
instalación eléctrica (fs. 560), y son ratificadas en la
pieza de fs. 845 y por el peritaje de la Superintendencia
de Bomberos de la Policía Federal, que reitera la
peligrosidad de aquellos elementos y del uso de
calentadores. Se refiere a las características del sistema
contra incendios que -como muestra la fotografía de fs.
896- no presenta en algunos de sus elementos la lanza
respectiva y la llave de paso principal. Por otro lado y
con relación a los informes técnicos solicitados, resulta
ilustrativo el del experto en seguridad, Marcelo Eduardo
Lustau (fs. 827/829), quien señala la inexistencia de
salidas de emergencia, el estado de conservación deficiente
con ventanales cuyos vidrios están rotos o faltan, la carga
combustible de los elementos en el lugar, etc. Puntualiza
la imposibilidad de apagar el incendio por falta
-//-